Competencias
Son competencias del Claustro de la Universidad:
a) La reforma total o parcial de los Estatutos de la Universidad.
b) La deliberación sobre las líneas generales de la actuación de la Universidad y de los centros, en la enseñanza, investigación y administración, establecidas por el Consejo de Gobierno, así como la recepción del informe sobre su aplicación.
c) La convocatoria extraordinaria de las elecciones a Rector o Rectora, de acuerdo con la normativa vigente.
d) La interpelación al Rector o la Rectora, y a quienes sean titulares de los vicerrectorados u órganos asimilados, Secretaría General, Gerencia, Defensoría Universitaria, Dirección de la Inspección de Servicios, así como de los decanatos y direcciones de centros, mediante preguntas formuladas de acuerdo con lo que determine el reglamento del Claustro.
e) La elección de la comisión que debe resolver las reclamaciones de los concursos de acceso a plazas de personal funcionario docente universitario, de acuerdo con el artículo 66.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
f) La elección de la persona titular de la Defensoría Universitaria, a propuesta del Rector o la Rectora, en los términos establecidos en estos Estatutos.
g) La emisión de informes sobre propuestas de nombramientos de doctores o doctoras <<honoris causa>>.
h) La aprobación del reglamento electoral general.
i) El conocimiento, el debate y la evaluación del plan estratégico de la Universidad.
j) La deliberación sobre los planes generales de docencia, investigación, innovación, campus y sostenibilidad, internacionalización, igualdad, empleabilidad y emprendimiento.
k) La aprobación y la modificación de su propio reglamento.
l) Cualesquiera otras funciones que le encomiende la legislación vigente, los presentes Estatutos o su desarrollo reglamentario.