Las Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) son agentes clave en la conexión entre las entidades generadoras de conocimiento y el sector productivo, como elemento esencial para incrementar las capacidades innovadoras españolas y aumentar su impacto en el crecimiento y el bienestar social.

Las OTC tienen encomendada la misión de dinamizar las relaciones entre los agentes del sistema, a través de las siguientes funciones:

  • La protección de los resultados de I+D+I a través de títulos de propiedad industrial e intelectual, u otras modalidades de protección.
  • La explotación de resultados de investigación, invenciones y nuevas tecnologías a través de cualquier tipo de contrato que suponga la transmisión de su uso o titularidad a terceros.
  • La investigación colaborativa entre entidades públicas y privadas, así como la contratación de servicios de I+D+I y tecnológicos.
  • La promoción de la creación de entidades basadas en el conocimiento.
  • La difusión social del conocimiento.

El Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, establece las Oficinas de Transferencia de Conocimiento (OTC) y su Registro OTC, dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, y regula el procedimiento para su reconocimiento e inscripción y cancelación.

El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICIU) ha reconocido, tras un proceso de evaluación, a 111 entidades como Oficinas de Transferencia de Conocimiento y han pasado a formar parte de un Registro que las acredita como tal. A este proceso se presentaron un total de 127 entidades.

Del total de entidades inscritas en el Registro de Oficinas de Transferencia de Conocimiento del MICIU, hay 55 universidades, 26 centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica y de apoyo a la innovación tecnológica, 11 entidades sanitarias, 7 organismos de I+D regionales, 5 organismos de I+D estatales y 7 entidades de otro tipo.