UMA y Ayuntamiento renuevan su colaboración con la firma del protocolo para desarrollar actividades conjuntas
El acuerdo hará hincapié en la investigación, el desarrollo, la innovación y la formación
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El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, y el rector de la UMA, José Ángel Narváez, han renovado esta mañana la colaboración entre ambas instituciones con la firma del nuevo Protocolo General para el desarrollo de actividades conjuntas. En el acto han estado acompañados por los concejales de Recursos Humanos y Calidad, Jacobo Florido, y de Educación, Luis Verde, y por los vicerrectores de Proyección Social y Comunicación, Juan Antonio García Galindo, y de Smart-Campus, Raquel Barco.
De esta forma, además de adaptarse a la normativa vigente el anterior acuerdo marco suscrito entre las dos entidades, supone la oportunidad de impulsar nuevas colaboraciones. El interés público impulsa la materialización del mencionado protocolo, toda vez que del desarrollo del mismo surgirán actividades que redundan en beneficio mutuo y en el logro de sus respectivos objetivos, con especial referencia a las relacionadas con la investigación, el desarrollo, la innovación, la difusión y cooperación del arte y la cultura, así como la formación.
Cabe recordar que en 2016 se suscribió el acuerdo marco de Colaboración entre el Ayuntamiento de Málaga y la Universidad de Málaga, para el desarrollo de actividades académicas, científicas y culturales, de manera conjunta. Éste se ha ido implementando y dando cobertura a los convenios específicos que se han ido suscribiendo, en función de las materias y las modalidades de colaboración.
El protocolo suscrito hoy tendrá una duración de 4 años prorrogables de forma expresa hasta un máximo de cuatro años adicionales.
Áreas de actuación
Con este nuevo protocolo ambas instituciones colaborarán para la consecución de fines comunes y la realización de actividades que redunden en beneficio mutuo y en el logro de sus respectivos objetivos, con especial referencia a las relacionadas con la investigación, el desarrollo, la innovación, la difusión y cooperación del arte y la cultura, así como la formación, en las distintas áreas, actividades y funciones que viene desempeñando la Universidad de Málaga y los miembros de la Comunidad Universitaria.
En el marco del protocolo general firmado se podrán desarrollar las siguientes modalidades de cooperación:
- Ejecución de proyectos y programas conjuntos de investigación, desarrollo e innovación, arte y cultura y formación, a realizar en su caso en los Departamentos, Institutos Universitarios y Centros de Investigación de la Universidad de Málaga, u otras entidades y estructuras y en las instalaciones del Ayuntamiento de Málaga.
- Prestación de servicios técnicos y de asesoramientos científicos, cultural o de arte en cuestiones relacionadas con las actividades de ambas entidades
- Cooperación en programas de formación de personal investigador y técnico y de empleados, prácticas de estudiantes (Programa de prácticas profesionales de alumnos en empresas) y prácticas de titulados, (Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo), así como de incorporación de investigadores a empresas.
- Organización de actividades comunes relacionadas con la promoción social de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y las nuevas tecnologías, el arte y la cultura.
- Organización conjunta de cursos, seminarios, conferencias y jornadas científico- técnicas, culturales y de formación.
- Intercambio de información y documentación sobre las actividades y materias que desarrollen ambas instituciones, respetando siempre los intereses de terceros y actuando conforme a las previsiones establecidas en la legislación vigente.
- Intercambio de personal por tiempo limitado, cuando la índole del trabajo así lo requiera.
- Utilización común del equipamiento y de los medios técnicos e instrumentales de ambas partes, para el desarrollo de las actividades que lo requieran en aquellos proyectos que sean de interés mutuo y, si fuese necesario para la realización de estas actividades, adquisición de equipamiento y medios, conforme al régimen que se establezca en los convenios específicos o contratos de investigación a que diera lugar el protocolo.
- Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del protocolo de actuaciones.
Asimismo, contempla una comisión mixta paritaria, integrada por representantes de cada una de las instituciones firmantes, con el fin de velar por el cumplimiento de los compromisos del protocolo, formular propuestas concretas de actuación, proponer líneas de colaboración en proyectos o programas de investigación, arte y cultura, entre otras funciones.